Los derechos de la salud forman parte de un conjunto de principios establecidos mediante una norma que promueva el acceso libre a los de servicios de salud a una atención integral y a la prevención de las enfermedades como recuperación y rehabilitación, a el consentimiento informado, y el acceso a la información.
LEY 29414: LEY QUE ESTABLECE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS USUARIAS DE LOS SERVICIOS DE SALUD:
1. ACCESO A LOS SERVICIOS DE SALUD
- A la atención de emergencia sin la condición de presentar algún documento
- A la libre elección del Médico o institución prestadora de servicios
- A se recibir una atención con libertad de juicio
2. DERECHO AL ACCESO A LA INFORMACIÓN.
- A ser informado adecuada y oportunamente de los derechos que tiene en su calidad de paciente teniendo en cuenta idioma, cultura y circunstancias particulares
- A conocer el nombre del medico responsable de su tratamiento, así como el de las personas a cargo de la realización de los procedimientos clínicos.
- A recibir información necesaria sobre los servicios de salud a los que puede acceder y los requisitos necesarios para su uso previo al sometimiento a procedimientos diagnósticos o terapéuticos con excepción de las situaciones de emergencia.
- A recibir información completa de las razones que justifican su traslado dentro o fuera del establecimiento de salud, otorgándoles las facilidades.
- A tener acceso al conocimiento preciso y oportuno de las normas, reglamentos y condiciones administrativas del establecimiento de salud.
- A recibir en términos comprensibles información completa, oportuna y continuada sobre su enfermedad, incluyendo su diagnóstico, pronostico y alternativas de tratamiento, así como contraindicaciones, riesgos y precauciones.
- A ser informada sobre su derecho a negarse a recibir o continuar el tratamiento y a que se le explique las consecuencias de las negativas
- A ser informada de la condición experimental de la aplicación de medicamentos o tratamientos así como los riesgos y efectos secundarios de estos
- A conocer de forma veraz, completa y oportuna las características del servicio, los costos resultantes del cuidado medico los horarios de consulta, los profesionales de la medicina y otros.
3.-DERECHHO A LA ATENCION Y RECUPERACION DE LA SALUD
- A ser atendida con pleno respecto, a su dignidad e intimidad sin discriminación por acción u omisión de ningún tipo.
- A recibir tratamientos cuya eficacia o mecanismos de acción hayan sido Científicamente comprobados o cuyas reacciones adversas y efectos colaterales hayan sido advertidos.
- A su seguridad personal y a no ser perturbada o puesta e peligro por personas ajenas al establecimiento.
- A autorizar la presencia, en el momento del examen médico o intervención quirúrgica de quienes no estén directamente implicados en la atención médica.
- A que se respete el proceso natural de la muerte como consecuencia del estado natural de la enfermedad.
- A ser escuchada y recibir respuestas por instancias correspondientes cuando se encuentre disconforme con la atención recibida.
4.- CONSENTIMIENTO INFORMADO
- A otorgar su consentimiento informado libre y voluntario sin que medie ningún Medicamento que vicie su voluntad, para el procedimiento o tratamiento de salud en especial en las siguientes situaciones.
- En la oportunidad previa a la aplicación de cualquier procedimiento o tratamiento así como su interrupción.
- Cuando se trata de pruebas riesgosas, intervenciones quirúrgicas, anticoncepción quirúrgica o procedimientos que puedan afectar la integridad de la persona.
- Cuando se trate de exploraciones, tratamientos o exhibición con fines docentes, el consentimiento informado debe constar por escrito en un documento oficial Que viabilice el proceso de información y decisión.
5. PROTECCION DE SUS DERECHOS
- A ser escuchado y recibir respuesta de su queja o reclamo cuando se encuentre disconforme con su atención médica.
- A recibir tratamiento inmediato y solicitar su pronta reparación por daños ocasionados.
- Acceso a la historia clínica.
- Al carácter reservado de la información.
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